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OIKOS CONSULTORA AMBIENTAL

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    • La puesta en marcha de determinados proyectos que implican movimiento de tierras (urbanísticos, nuevos establecimientos agrarios o industriales…) pueden necesitar, como condición previa e indispensable, el informe favorable del organismo competente en materia de patrimonio histórico y arqueológico.
    • Los promotores de las actividades obligadas a ello deben presentar un estudio técnico, realizado por técnicos competentes, y que habrá de obtener el informe favorable de los técnicos de la administración, y que puede implicar la adopción de medidas preventivas o correctoras para la salvaguarda del patrimonio histórico y arqueológico.
    • Promotores urbanísticos o empresas de arquitectura que precisen llevar adelante proyectos urbanísticos que deban contar con el informe de la administración competente.
    • Promotores de establecimientos (extractivos, agrarios, industriales o terciarios) que deban obtener el visto bueno de la administración competente en materia de patrimonio histórico y arqueológico.
    • OIKOS ESTUDIOS Y PROYECTOS AMBIENTALES cuenta con personal titulado y experimentado, competente para la redacción de este tipo de trabajos.

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